Inicio / Revista revista-ejecutivos / Formalizar: una elección dinámica al invertir.

Formalizar: una elección dinámica al invertir.

Cilia Romero / 14/11/2020

Hay varias formas de proteger tu emprendimiento, explorando las opciones y eligiendo la que se ajusta al tipo de empresa que buscás conformar o esperás alcanzar. 


Imaginemos este escenario: tenés una iniciativa que combina tu creatividad con una necesidad de mercado, lo comentás con una amiga/o, a quien le encanta la idea y te propone sumar sus esfuerzos al emprendimiento. Y así ambas se embarcan en el proyecto que las “unirá” más como amigas y ahora también en un negocio conjunto. Forman un equipo genial y no creen necesario “aún” formalizar el acuerdo porque “nos conocemos y así está bien por ahora". Lo cierto es que con el tiempo el entusiasmo se va, sea por intereses personales o porque el trabajo diario les hace ver que son mejores amigas que partners comerciales o porque no era lo que esperaban. Pasa el tiempo, ambas invirtieron esfuerzo, dinero, trabajo y, no habiendo estipulado las formas de liquidar la “sociedad”, llegan los problemas. Las confusiones son la orden del día ,“pensé que esto era mío”, “esa fue mi idea y no tuya” “ trabajé muchas horas por esto y me pertenece” y así, los problemas, angustias y tiempo perdido te siguen como una nube gris llena de electricidad. No solo pierde o se debilita el negocio, además, la relación de amistad que tanto apreciabas puede llegar a verse con un tercero entremedio interviniendo de manera legal. 

Emprender con un socio, amigo, hermano, colega o inversor, nunca es buena idea sin antes formalizar la relación con documentos. Emprender formal es rentable considerando los posibles daños colaterales que se evitan tomando la buena decisión de formalizar. Nada de lo que hayas creado, diseñado o pensado es legalmente tuyo si no lo documentaste o registraste previamente. Es duro, pero hay que decirlo claro y en voz alta: “Si no lo protegés, no es tuyo, es de todos o de quien lo registre primero.” 

Mi trabajo a ayudar a emprendedores a tomar buenas decisiones y esta es solo una de las tantas historias que me toca recibir y ajustar todos los días en mi vida profesional. Lamentablemente el honor, el valor de la palabra y el compromiso del trabajo en equipo son virtudes que no están repartidas de la misma forma entre las personas, por ello, es importante conocer las herramientas para asegurar el cumplimiento y garantizar la productividad en las alianzas o, en el peor de los casos, que “lo que termine, no termine mal ni se contamine más”*. 

Emprender formal es rentable. ¡Animate! a hacer las cosas bien desde el día uno.

1. Cuando sos único dueño. 

Las EAS, Empresas por Acciones Simplificadas son un tipo legal que entró a regir el 2do. semestre de 2020. Se crean con un documento llamado “Acto de fundación o acta fundacional”. No requieren inscripción en los Registros Públicos lo cual ahorra mucho tiempo. La documentación debe ingresarse única y exclusivamente a través del SUACE (Sistema Único de Apertura y Cierre de Empresas). Todos los pasos para abrir un EAS son online. Es un sistema fácil, accesible y rápido. Pero, si querés hacer ajustes específicos a este formato empresarial, se recomienda la asistencia de un profesional para explotar lo comercial de manera más dinámica y eficiente. 

La EAS fue pensada para formalizar microempresas a bajo costo y gastos de mantenimiento casi nulos. Es para emprendimientos pequeños con o sin socios y capital pequeño. Separa de la economía familiar de la adminsitración del negocio pequeño porque el negocio se respalda con el capital que se compromete y no con el patrimonio del dueño (como en la unipersonal). Es recomendable para emprendimientos personales o de único dueño y para quienes combinan capital por un lado y trabajo por el otro. 

Constituir una EAS no requiere monto mínimo de capital. Como en las sociedades anónimas, el capital se divide en acciones nominativas endosables o no, ordinarias o preferidas. Cada tipo de acción tiene ventajas y limitaciones. La suscripción e integración del capital puede hacerse en las formas, proporciones y tiempos que se acuerden. El plazo de integración no debe exceder los 2 años de suscrito el capital. Es decir, podés iniciar una EAS de 100 millones pero tendrás que invertir este dinero en la empresa en 2 años. 

2. Cuando querés emprender con un socio comercial. 

Un pacto de socios. Si no se deciden por un tipo de sociedad o están probando el negocio antes de vincularse a largo plazo, una herramienta eficaz es el "pacto de socios o contrato de emprendimiento conjunto", una forma de emprender con varios socios y diferentes aportes. Justamente cuando se comienza hay que documentar las iniciativas y aportes de cada miembro. Un pacto de socios (acuerdo privado que define la relación comercial y funcionamiento del negocio), fija las reglas, condiciones, preferencias, obligaciones y aportes de cada socio. 

Este modelo es apropiado antes de iniciar los procesos complicados de las personerías jurídicas como SA o SRL. El pacto puede adjuntarse después a los estatutos de una sociedad legalmente constituida. Es una herramienta previa para asegurar los aportes al inicio del proyecto y que las condiciones permanezcan en el tiempo. También se detalla las formas de liquidar la unión o abandonar el proyecto. Soluciona un sinfín de problemas y permite que la empresa prospere a pesar de la salida de un socio. 

3. Si buscás constituir una sociedad hay diferentes opciones. 

Una Sociedad Anónima o una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cuando el negocio es de capital paraguayo y los socios son conocidos, quizás no necesiten mayores cambios y si bien para este caso la S.R.L parece la mejor opción (prevista para proyectos de pocos socios y capitales pequeños) hay que revisar sus ventajas y desventajas. 

- La SRL para proyectos chicos de capital estable. Para un comercio o para producir productos o dar servicios, una SRL puede ser la mejor opción. Hay que ver qué proyección le damos a nuestro emprendimiento. Si buscás mayor estructura y capital (pensando quizás obtenerlo de fondos semilla o de inversión) la Sociedad Anónima es más aconsejable. 

- La SA permite aumentar el crecimiento de la empresa y facilita las alternativas de capital semilla. Los ángeles inversores las prefieren por los requisitos que deben cumplir ya que la transferencia de acciones (venta) es libre, rápida y sencilla, cosa que no ocurre con una SRL. Al operar con una SRL si se produce algún cambio en la estructura de la sociedad, esto conlleva la modificación del estatuto y un aumento de gastos asociados. En una SRL nada pueda hacerse sin gasto. 

Otra ventaja de la SA es que puede emitir acciones. Una flexibilidad con la que no puede competir una S.R.L. La SA permite diferentes tipos de accionistas con derechos políticos y económicos diferenciados (preferentes, no preferentes, con voto, sin voto, etc.), esto es común en la inversión semilla porque los socios inversores buscan proteger su inversión y pedirán ser socios de acciones preferidas antes que socios ordinarios. Las SA son mejor vistas al solicitar créditos y acceder a fondos de inversión, por la mayor exigencia contable a las que están sujetas. Nuestra sugerencia es una elección dinámica, por lo anterior y por la libertad de transferir acciones con mayor facilidad recomendamos una S.A. antes que la S.R.L. 

Por último, si el emprendimiento no funciona o termina la sociedad, la S.A. misma se convierte en un activo que puede venderse a un precio importante. Muchos desean adquirir sociedades vigentes y activas con movimiento siendo el precio de venta mayor y la facilidad de trasferencia y venta de acciones más sencilla, esto no es fácil en las S.R.L. Ninguna sociedad vigente tiene esta ventaja con la facilidad de una S.A. 

La EAS Empresas por Acciones Simplificadas de 2 o más socios. 

Aquí también aplican las EAS que permiten crear empresas con socios. No necesitan síndico, un rol necesario que genera gastos en las S.A. 

Mientras factures 2.000.000.000 (dos mil millones de guaraníes al año) podrás optar por esta forma con la ventaja de poder tributar por régimen SIMPLE, beneficio tributario de unipersonales con limitación de la responsabilidad al valor del capital comprometido. Otra ventaja es la facilidad de operar, las EAS pueden estar listas en breve tiempo y no tienen grandes gastos de mantenimiento. Son excelentes para emprender con socios conocidos y formalizar emprendimientos pequeños de uno o más socios. 

Cuando emprendemos las opciones están al alcance. Es importante no invertir dinero y esfuerzos en un barril sin fondo de expectativas sobre las personas.

Antes de iniciar un proyecto o negocio: 

1. Registrá tu marca
2. Protegé tus creaciones
3. Definí los roles del equipo por escrito 4. Si trabajás con socios, comprométanse con un contrato de emprendimiento conjunto o una sociedad legal. 5. Recordá: si no lo protegés, no es tuyo.